El presente Contrato se celebra entre InstaFinance Ltd. (en adelante, “la Compañía”) y el Socio. Por el presente, las Partes acuerdan lo siguiente:

  1. DISPOSICIONES GENERALES
    1. La Compañía y el Socio asumen obligaciones para atraer Clientes con el fin que realicen operaciones comerciales con los instrumentos que la Compañía ofrece.
    2. El Socio asume los derechos y obligaciones establecidos en el presente Contrato en lo que se refiere a la atracción de Clientes contratantes del servicio de corretaje con la Compañía. El Socio también asume otros derechos y obligaciones estipulados de aquí en adelante. Conforme a los compromisos estipulados en el presente Contrato, el Socio atrae Clientes a la Compañía a su nombre.
    3. El Socio reconoce incondicionalmente que todos los clientes atraídos son Clientes de la Compañía.
    4. IDIOMA
      1. El idioma que hace fe del presente Contrato es el inglés. 
      2. Para la comodidad de los socios, la Compañía puede facilitar la traducción del presente Contrato en otro idioma. La función de la traducción es meramente informativa. 
      3. En caso de alguna incoherencia entre la versión en inglés y la versión traducida del presente Contrato, la versión en inglés tendrá mayor importancia.
    5. VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD DEL SOCIO
      1. La Compañía tiene derecho a solicitar la confirmación de cualquier información otorgada por el Socio en la etapa de registro al programa de afiliación. Para este fin, la Compañía tiene derecho de solicitar una copia escaneada o una copia notarial del documento de identidad del Socio (a su absoluta discreción).
      2. Si la Compañía no ha solicitado al Socio la copia escaneada o notarial de su documento de identidad, la verificación para la cuenta de afiliación se considerará no obligatoria. Sin embargo, la Compañía se reserva el derecho de restringir el acceso para algunos servicios a las cuentas no verificadas. En este caso, el Socio puede pasar opcionalmente por el procedimiento de verificación. 
      3. En caso de que el Socio realice algún cambio en la información que proporcionó durante el registro (nombre, dirección de domicilio o número telefónico), deberá informar inmediatamente al Departamento de Relaciones del Socio de la Compañía sobre estos cambios y solicitar a la Compañía la actualización de información.
      4. El Socio reconoce y acepta que cualquier información proporcionada en la etapa de registro en el programa de afiliación puede ser empleada por la Compañía en una campaña de lucha contra el lavado de dinero.
      5. El Socio será el responsable de la autenticidad de los documentos de identificación (copias). El Socio reconoce el derecho de la Compañía de contactar organismos encargados de velar por el cumplimiento de las leyes del país donde fue emitido el documento de identidad con el fin de confirmar su autenticidad en caso sea cuestionable. Si el documento de identidad es falso, la Compañía tiene el derecho de entregar al Socio a la justicia en virtud de la legislación actual del país donde fue emitido el documento de identidad.
  2. RELACIÓN CON EL CLIENTE
    1. El Socio debe proporcionar cualquier información publicitaria sobre la Compañía a la sección correspondiente de su página web y la Compañía debe confirmar la autenticidad de la información de los Clientes potenciales.
    2. El Socio garantiza la autenticidad y la validez legal de todos los documentos y contratos que presentó a la Compañía a nombre de un Cliente.
    3. El Socio debe proporcionar a los Clientes información precisa y fiable referente a los contratos de servicio de corretaje con la Compañía, brindarles explicaciones con respecto al contenido de los contratos y servicios de la Compañía.
    4. El Socio está obligado a notificar al Cliente sobre los riesgos relacionados con las operaciones de divisas antes que se firme el Contrato de Oferta Pública.
    5. Las recomendaciones e información proporcionadas para motivar al Cliente a las operaciones de negociación no es parte del plan de servicio de la Compañía. En casos excepcionales, la Compañía tiene el derecho de proporcionar información, recomendaciones y sugerencias al Cliente, a su discreción. Sin embargo, la Compañía no se responsabiliza por las consecuencias de dichas recomendaciones. Todas las operaciones comerciales que se realizaron por información inexacta o por un error están en efecto y obligatoriamente a cargo del Cliente y de la Compañía.
    6. El Socio debe abstenerse de dar recomendaciones y sugerencias al Cliente sobre operaciones comerciales en la cuenta de operaciones. De otro modo, la Compañía no se responsabiliza por alguna consecuencia de las recomendaciones y sugerencias.
  3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL SOCIO
    1. El Socio está obligado a atraer nuevos Clientes con la finalidad que celebren un acuerdo de servicios de corretaje con la Compañía y operen en los mercados financieros internacionales bajos los términos y condiciones de la Compañía.
    2. El Socio está obligado a aperturar una cuenta de afiliación con la Compañía para recibir comisiones.
    3. El Socio está obligado a conocer claramente los servicios de la Compañía y dominar información general sobre los mercados financieros internacionales.
    4. El Socio está obligado a estudiar por su cuenta todos los recursos informativos de la Compañía e informar a tiempo a los Clientes sobre los cambios importantes.
    5. El Socio está obligado a proporcionar información exhaustiva y soporte legal a los Clientes del grupo de afiliación, así como solucionar los problemas que los Clientes puedan afrontar al operar en los mercados de divisas.
    6. El Socio está obligado a responder todas las preguntas de los Clientes sobre los servicios que brinda la Compañía.
    7. El Socio no está facultado a realizar ninguna subagencia y otros acuerdos (contratos), que le den derecho a delegar su autoridad, completamente o en parte, a terceras personas bajo el presente Contrato sin previo consentimiento por escrito de la Compañía. La asignación del derecho de demanda sólo es posible después de obtener el consentimiento de la Compañía.
    8. En caso de que el Socio no pueda solucionar el problema de un Cliente por sus propios medios, el Socio está obligado a contactar a los especialistas de la Compañía brindándoles todos los detalles necesarios para resolver el problema (números de cuentas, ticket de orden, tiempo, etc.).
    9. El Socio tiene derecho a planificar e implementar las campañas de marketing y publicidad, siempre y cuando la Compañía las apruebe.
    10. La Compañía se reserva el derecho de cancelar las comisiones por afiliación sin previo aviso en caso de que se descubra que el Socio solicitó la palabra clave "InstaTrading" y sus variaciones de deletreo, que incluye palabras conformadas en otros idiomas, en buscadores como BING, GOOGLE, etc., para atraer nuevos Clientes.
    11. El Socio tiene el derecho de recargar la cuenta de afiliación y retirar fondos de ésta en conformidad con el Contrato de Oferta Pública.
    12. Tal como se espitula en el Contrato de Oferta Pública, la cuenta de afiliación está disponible en forma de una cuenta privada del cliente; es decir, el Socio tiene derecho a realizar operaciones comerciales en la cuenta de afiliación.
    13. En caso de algún problema relacionado al funcionamiento de negocios y a la prestación de servicios de la Compañía, el Socio debe contactar a ésta espeficándole los detalles del problema, de modo tal, que la Compañía pueda consultar a tiempo al Socio de las posibles formas de solucionarlo.
    14. El Socio sólo tiene el derecho a realizar operaciones comerciales en una cuenta de operaciones de Cliente mediante permiso escrito de dicho Cliente.
    15. El Socio no está facultado a realizar negociaciones con los Clientes (pagos en efectivo o por tarjeta, en moneda nacional o extranjera) ni aceptar fondos, títulos valores ni otras propiedades de los Clientes.
    16. El Socio tiene derecho a supervisar la eficiencia de las campañas promocionales por medio de los códigos de afiliación personalizados y las estadísticas de afiliación proporcionados por la Compañía.
    17. El Socio tiene derecho a usar materiales promocionales proporcionados por la Compañía como banners, widgets/informantes, enlaces de textos, páginas de inicio, etc.
    18. El Socio tiene derecho a usar el diseño de la marca oficial de la Compañía para hacer publicidad.
    19. El Socio tiene el derecho a atraer otros socios y ganar una comisión por cada operación de los clientes que refirió.
    20. El Socio tiene el derecho a referir seguidores ForexCopy y recibir comisiones por sus operaciones.
    21. El Socio tiene el derecho a referir operadores PAMM y ganar comisiones por sus operaciones.
    22. El Socio tiene el derecho a referir inversionistas PAMM y ganar una cuota del beneficio establecido por un operador PAMM en caso de que la inversión sea rentable.
    23. El Socio tiene el derecho a realizar operaciones comerciales en la cuenta de afiliación.
  4. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA COMPAÑÍA
    1. La Compañía está obligada a aperturar cuentas de operaciones para Clientes referidos por el Socio en virtud con el Contrato de Oferta Pública.
    2. La Compañía debe permitir a los Clientes realizar operaciones comerciales en el sistema, brindándoles los nombres de usuarios y contraseñas.
    3. La Compañía está obligada a mantener un registro completo de todas las operaciones realizadas por los Clientes.
    4. La Compañía debe brindar al Socio toda la información referente al contenido de los contratos firmados así como los términos y condiciones de la participación del cliente en las operaciones de divisas.
    5. La Compañía está obligada a realizar pagos al Socio sobre la base de hojas de ingresos y egresos mensuales de acuerdo con el procedimiento establecido en la Cláusula 10 del presente Contrato.
    6. La Compañía tiene derecho a solicitar al Socio un informe completo sobre el curso y resultados de las campañas de atracción del Cliente.
    7. La Compañía tiene derecho a dar por finalizado el Contrato en caso de que el Socio no atraiga 3 o más Clientes dentro de los 30 días desde el registro con el programa de afiliación de la Compañía. Si el Socio es una persona natural, no está facultado a referir a parientes cercanos; o si es una persona jurídica, a parientes cercanos de los fundadores. El Socio no está facultado a referir sus propias cuentas.
    8. La Compañía tiene derecho a excluir la cuenta de un Cliente del grupo de afiliación en caso de que no se recargue la cuenta dentro de 30 días desde el registro en el Área Personal del Cliente.
    9. En caso de que el Socio no cumpla alguna obligación del presente Contrato, la Compañía tiene derecho a excluir Clientes de su grupo de afiliación.
    10. La Compañía tiene derecho a informar a los Clientes del grupo de afiliación sobre las comisiones recibidas por el Socio como resultado de las operaciones comerciales que realizaron en los mercados financieros internacionales en virtud con el presente Contrato.
    11. En caso de que el Socio infringa o no cumpla alguna obligación del presente Contrato, la Compañía dará por finalizado dicho Contrato a su propia discreción.
    12. La Compañía tiene derecho a realizar otras acciones estipuladas en el presente Contrato y sus Anexos.
  5. PRINCIPIOS DE TRABAJO Y ATRACCIÓN DE CLIENTES DEL SOCIO
    1. El Socio tiene derecho a crear una página web relevante a las actividades de la Compañía que contenga información sobre los mercados financieros internacionales y proveer servicios de corretaje, de inversión y de negociación con respecto a la Cláusula 3 del presente Contrato.
    2. Un Cliente es registrado y referido al grupo de afiliación por cualquiera de los siguientes métodos:
      1. El Cliente hace click en un enlace de afiliación a la página web oficial de la Compañía.
      2. El Cliente ingresa un código de afiliación en el formulario de registro de la cuenta de operaciones.
      3. El Socio presenta un formulario de identificación del Cliente firmado por éste a la Compañía.
    3. Un Cliente puede rechazar los servicios del Socio y optar por ser atendido por la Compañía.
    4. Con el fin de prevenir la competencia desleal, está prohibido mover clientes de un grupo de afiliación a otro, así como presentar Clientes a grupos de afiliación. Asimismo, esta cláusula del presente Contrato debe ser observada por los Clientes actuales que aperturaron nuevas cuentas con la Compañía con el objetivo de moverlos a los grupos de afiliación. Nota: Un cliente puede solicitar a la Compañía las explicaciones del por qué fue movido a otro grupo de afiliación. La Compañía deberá considerar y comunicar una decisión en cada solicitud de manera individual.
    5. El Socio no está facultado a recibir comisiones de afiliación de sus propias cuentas y de aquellas que pertenecen a sus parientes cercanos si el Socio es una persona natural; así como de las cuentas privadas de fundadores o cuentas de sus parientes cercanos si el Socio es una persona jurídica.
  6. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
    1. El Socio tiene derecho a presentar un reclamo con la Compañía en un plazo de 5 días hábiles a partir del día en que el Socio consideró cualquier evento o incidencia como motivo para el reclamo.
    2. Cualquier reclamo del Cliente a la Compañía debe ser hecho por escrito y enviado por correo postal o electrónico a uno de los correos electrónicos de la Compañía especificados en su página web. No se tomarán en cuenta los reclamos realizados por otros medios (foro, teléfono, etc.).
    3. El reclamo debe contener los siguientes detalles: el primer y segundo nombre del Socio/nombre de la compañía del Socio, descripción relevante de la situación del conflicto, otros detalles del conflicto que pueden contribuir a su resolución. Los detalles del reclamo no deben contener: evaluación emocional de una situación del conflicto, abuso verbal a la Compañía; insultos.
    4. La Compañía tiene derecho a solicitar a un Cliente/Socio cualquier información necesaria para la resolución de conflictos.
    5. La Compañía tiene derecho a rechazar un reclamo si no se ha cumplido los detalles establecidos en las Cláusulas 6.2, 6.3, 6.4, 7.2 y 7.3.
    6. La Compañía está obligada a examinar el reclamo del Socio, tomar una decisión sobre el conflicto a la mayor brevedad posible y comunicarla por correo electrónico al Socio. El periodo máximo para la investigación del conflicto es de 10 días laborables desde la fecha en la que se presentó el reclamo.
    7. Los conflictos referentes a la interpretación o aplicación del presente Contrato deben ser resueltos por negociación.
    8. Un conflicto puede ser sometido a arbitraje en virtud del procedimiento de resolución de conflictos. Se puede solicitar una solicitud de arbitraje en caso el reclamo sea rechazado, o si no hubo respuesta a dicho reclamo dentro del periodo especificado en las Cláusulas 6.5, 7.2 y 7.3 del presente Contrato.
  7. INTERCAMBIO DE DATOS
    1. La Compañía debe contactar al Socio por medio de los siguientes medios de comunicación:
      1. correo electrónico;
      2. fax;
      3. teléfono;
      4. oficina postal;
      5. anuncio en la sección correspondiente de la página web de la Compañía;
      6. otros medios electrónicos de comunicación establecidos por la Compañía (Skype, ICQ, etc.)
    2. El Socio puede contactar a la Compañía a través de los medios de comunicación que figuran en la Cláusula 7.1 del presente Contrato.
    3. La otra parte debe aceptar los mensajes, documentos, anuncios, notificaciones, confirmaciones, informes, etc.:
      1. 1 hora después de enviar un mensaje por correo electrónico;
      2. 1 hora después de enviar un mensaje por correo interno del terminal de operaciones;
      3. 1 hora después de enviar un mensaje por fax;
      4. Inmediatamente después de finalizada una conversación telefónica;
      5. 7 días calendario después de enviar documentos por correo;
      6. 1 hora después de haberse publicado un anuncio en la página web de la compañía.
  8. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
    1. El Socio no está facultado a revelar información recibida por la Compañía durante la cooperación y datos que figuran en el presente Contrato durante el periodo de validez del presente Contrato y dentro de 5 años después de su término.
    2. El Socio no está facultado a divulgar información confidencial sobre los negocios y servicios de la Compañía a terceros rivales.
    3. Las Partes deben asegurar la confidencialidad de los datos personales y de la cuenta del Cliente así como los detalles de las operaciones realizadas por los Clientes.
  9. INGRESOS Y PAGOS MUTUOS
    1. En caso que una comisión diaria de cualquier día de operación sea más de $500, y el número de los clientes nuevos atraídos (actualmente operando) sea menos de 10, la Compañía se reserva el derecho de revisar el monto de comisión en esta cuenta de afiliación y reducirla a 0.5 pip unilateralmente.
    2. La Compañía pagará al Socio una comisión de afiliación sólo en caso de que atraiga más de 3 Clientes que realicen operaciones actualmente.
    3. La Compañía paga comisiones de afiliación al Socio de acuerdo con el Anexo 1 del presente Contrato. Las comisiones no deben ser mayores del 50% de valor líquido promedio en todas las cuentas de Clientes en el grupo de afiliación por un mes de informe. El valor líquido promedio se calcula como la suma de los valores líquidos en todas las cuentas de Clientes al principio y al final de cada mes de informe dividido por 2.
    4. Cuando se calcula las comisiones, la Compañía tiene el derecho a no tomar en cuenta las operaciones hechas por Clientes como resultado de las fallas en la plataforma de operaciones y no responsabilizar a los Clientes por dichas operaciones del grupo de afiliación.
    5. En caso de que la cantidad de comisiones de las operaciones de un Cliente excede el 30% de la cantidad total de comisiones acreditadas a la cuenta de afiliación, o si se ha violado la Cláusula 5.5 del presente Contrato, la Compañía se reserva el derecho de no pagar las comisiones al Socio y excluir a dichos clientes del grupo de afiliación.
    6. En caso de que se detecte que las órdenes en la cuenta de un cliente referido violen los reglamentos generales de InstaFinance Ltd., las reglas del sistema de bono, que las comisiones sean cargadas por cuentas presuntamente fraudulentas, o que se detecte que los Clientes usen estrategias destinadas a obtener ganancias de comisiones de afiliación y reembolsos a los detrimentos de las principales operaciones (que incluye pero sin limitarse a los casos en los que esta estrategia es una parte de la estrategia común de una cuenta de un Cliente y de una cuenta de afiliación), la Compañía se reserva el derecho de cancelar las comisiones de dichas cuentas y excluir a dichos clientes del grupo de afiliación.
    7. En caso de que coincidan los datos de registro del Socio, en parte o completamente, con los datos de registro de un Cliente que pertenece al grupo de afiliación, la Compañía se reserva el derecho de considerar completamente esta coincidencia como una base para aplicar a las Cláusulas 5.5 y 9.5 del presente Contrato a la cuenta de afiliación.
    8. En caso de que se descubra que la cuenta de un Cliente que pertenece al grupo de afiliación y a la cuenta de afiliación usan la misma dirección IP, la Compañía se reserva el derecho de condirar completamente esta coincidencia como una base para aplicar las Cláusulas 5.5 y 9.5 del presente Contrato a la cuenta de afiliación.
    9. Con la finalidad de prevenir intentos indebidos para obtener comisiones por operaciones realizadas en las cuentas de Clientes referidos o en las cuentas registradas bajo nombres asumidos aún administrados por el Socio, la Compañía se reserva el derecho de no pagar comisiones de afiliación por operaciones que cuenten con una rentabilidad menor a 3 pips.
    10. La Compañía puede considerar como una violación a las Cláusulas 3.1 y 5.4 del presente Contrato por parte del Socio por una actividad inconsistente de los principios de afiliación del programa. Se excluirá del grupo de afiliación a los Clientes atraídos tras infringir las Cláusulas arriba mencionadas del presente Contrato, y se cancelará completamente las comisiones derivadas por sus operaciones.
    11. Sobre una base mensual, el Socio tiene derecho a solicitar a la Compañía la verificación del número de Clientes referidos y el número de cuentas del Cliente así como la revisión de los resultados de sus operaciones comerciales.
    12. Una comisión se acredita a la cuenta de afiliación inmediatamente después que el Cliente referido cierre una operación. En caso de que las cuentas del Socio y de un Cliente estén localizadas en distintos servidores de la Compañía, se acreditará una comisión de afiliación al siguiente día después de que un Cliente cierre una operación.
    13. La Compañía se reserva el derecho de no pagar una comisión de las operaciones cuyo margen proceda de los fondos de bonos de los participantes del programa de bonos. Esta cláusula es aplicable para las comisiones que ya han sido acreditadas. Dichos participantes del programa de bonos pueden ser excluídos del grupo de afiliación.
    14. La Compañía se reserva el derecho de cancelar la comisión de afiliación en su totalidad en caso de que un Cliente que pertenece al grupo de afiliación realice un reclamo al Departamento de Comercialización de la Compañía sobre la orden donde se informa que el Socio recibió una comisión.
    15. En caso de que la ganancia de una operación hecha por un Cliente no exceda los 5 pips, la Compañía se reserva el derecho de ajustar la comisiones de afiliación que el Socio recibió de una parte de dichas operaciones.
    16. En caso de que el monto total de las comisiones de afiliación obtenidas por alguna cuenta de operaciones exceda el 60% del depósito total hecho por un Cliente a su cuenta (por ejemplo, si el monto total de las comisiones de afiliación de una cuenta de un Cliente de $1,000 es más de $600), la Compañía se reserva el derecho de ajustar el monto total de las comisiones de afiliación a fin de que no sea más del 60% del depósito total.
    17. La Compañía paga comisiones al Socio de acuerdo con el Anexo 1 de presente Contrato.
    18. Las Partes se comprometen a calcular y pagar sus impuestos y otros deberes fiscales independientemente.
  10. PROVISIONES FINALES
    1. El presente Contrato entra en vigor el día de la firma de ambas Partes.
    2. El presente Contrato es válido por 12 meses desde la fecha de la firma de las Partes.
    3. En caso de que se cumplan las condiciones del presente Contrato, el Contrato se prolongará por un periodo de tiempo indefinido.
    4. La Compañía tendrá la absoluta discreción de corregir y complementar cualquiera de los términos y condiciones estipulados en el presente Contrato y deberá notificarlo en 5 días calendarios.
    5. Cada Parte puede terminar el presente Contrato unilateralmente noticando a la otra Parte en un periodo de al menos 5 días calendarios.
    6. Cada Parte tiene el derecho de solicitar al tribunal la finalización del presente Contrato en caso de reiterados incumplimientos de obligaciones por la otra Parte y otros casos especificados en la legislación vigente.
    7. Ninguna modificación, adición o anexo a este acuerdo será efectivo a menos que sea por escrito y firmado por los representantes debidamente autorizados de las Partes dentro del tiempo límite prescrito por estas modificaciones, adiciones y anexos. Si no se especifica la fecha de entrada en vigor, entonces se entrará en vigencia el día de la firma de las Partes.
    8. El presente Contrato y sus anexos se presentan en dos copias y cada Parte deberá quedarse con una. Cada copia deberá ser totalmente auténtica.

ANEXO: PAGOS MUTUOS

  1. La Compañía deberá pagar comisiones de afiliación al Socio por todas las operaciones hechas por los Clientes referidos por éste, independientemente del hecho si los Clientes ganaron o no algún beneficio.
  2. Cantidad de Comisión por Afiliación
    1. La Compañía pagará al Socio una comisión de 1.5 pips por cada operación realizada con los principales instrumentos Forex.
    2. La Compañía pagará al Socio una comisión una comisión de 1.2 pips por cada operación realizada con los CFD.
    3. La Compañía pagará al Socio una comisión de $20 por cada operación realizada con el instrumento ORO y $10 por cada operación realizada con el instrumento PLATA.
    4. La Compañía pagará al Socio una comisión igual a 33.3% de la tarifa impuesta por la Compañía por alguna operación con los contratos de futuros dados.
    5. El monto de la comisión de afiliación es de 1 lote operado en Forex, CFD y metales.
  3. Sólo es posible realizar algún otro pago si la Compañía y el Socio lo acuerdan en un contrato de garantía.